SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2750/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2750/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

violaciones a los derechos y garantías constitucionales, ocasionadas por una interpretación que tenga su origen en la jurisdicción ordinaria, que vulnere principios y valores constitucionales”

En ese cometido, a partir de la SC 1846/2004-R de 30 de noviembre, éste Tribunal, estableció la línea jurisprudencial sobre la interpretación de la legalidad ordinaria es atribución de los jueces y de las autoridades administrativas; sin embargo, en la misma Sentencia se estableció que compete a la jurisdicción constitucional “…verificar si en esa labor interpretativa no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico, entre ellos, los de legalidad, seguridad jurídica, igualdad, proporcionalidad, jerarquía normativa y debido proceso; principios a los que se hallan vinculados todos los operadores jurídicos de la nación; dado que compete a la jurisdicción constitucional otorgar la protección requerida, a través de las acciones de tutela establecidas en los arts. 18 y 19 de la Constitución, ante violaciones a los derechos y garantías constitucionales, ocasionadas por una interpretación que tenga su origen en la jurisdicción ordinaria, que vulnere principios y valores constitucionales” (las negrillas son nuestras).