SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2760/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
a)
Por lo expuesto en el memorial de demanda, interponen recurso de amparo constitucional contra Víctor Castillo Loma, Alex Miroslau Kafka Salas, Fernando Santander, José Flores Flores y Rubén Calle Villavicencio, miembros del Directorio de la Cooperativa Minera Aurífera “Montecarlo San Juanito” Ltda. de La Paz, solicitando se conceda y declare procedente el recurso, disponiéndose: a) La restitución de sus derechos suprimidos, vulnerados y restringidos; b) Se dejen sin efecto los memorándums de 21 y 22 del mismo año; c) Se efectúe el pago de sus dividendos desde el mes de junio de 2008; d) Se les otorgue garantías laborales al interior de la Cooperativa; y, e) Se remita obrados al Ministerio Público, para que se proceda a la correspondiente investigación.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- Fragmento 15
- III.3. La legitimación pasiva como requisito inexcusable para la interposición de la acción de amparo constitucional
- legitimación
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR,