Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2762/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con los antecedentes expuestos, el recurrente interpone recurso de amparo constitucional contra Blanca Isabel Alarcón de Villarroel y Dora Villarroel de Lira, Presidenta de la Sala Penal Tercera y Vocal de la Sala Penal Segunda, respectivamente, de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; solicitando se conceda la tutela y “…se anule y se deje sin efecto el Auto de Vista 23/2007” y en mérito a ello, “…se reponga y sobrecarte el Auto de Vista 159/2005”, que fue dictado por la misma Sala el 31 de octubre, que declaró extinguida la acción penal.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5.
- APROBAR