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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2781/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2781/2010-R

    Fecha: 10-Dic-2010

    b)

    b)  Las autoridades recurridas al pronunciar el Auto Supremo 305, optaron por la segunda vía de admisibilidad, acto que aun no se hubiera cumplido a cabalidad con las exigencias formales de los arts. 416 y 417 del CPP, no constituye acto ilegal; por el contrario, los recurridos asumieron la obligación de todo órgano  jurisdiccional  de garantizar el respeto de derechos y garantías.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • Fragmento 4
    • a)
    • concedió en parte
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • II.1.
    • II.4.
    • i)
    • III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
    • III.3. Los límites de la justicia constitucional
    • valoración de la prueba
    • interpretación de la legalidad ordinaria
    • relevancia constitucional,
    • III.4. El deber de la motivación de las resoluciones
    • Fragmento 21
    • APROBAR

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