Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2781/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
c)
c) Con relación al Auto Supremo 404 de 28 de noviembre de 2008, los Ministros recurridos al resolver sobre el rechazo de la prueba pericial partieron de hechos fácticos erróneos como ser que el tema mereció pronunciamiento del Tribunal de alzada, extremo que por lo establecido de la revisión de antecedentes, no condice con los actuados procesales; por lo que, el partir de un supuesto errado, ocasionó que las afirmaciones respecto a la actuación del Tribunal ad quem sean también erróneas.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- Fragmento 4
- a)
- concedió en parte
- b)
- c)
- d)
- e)
- II.1.
- II.4.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Los límites de la justicia constitucional
- valoración de la prueba
- interpretación de la legalidad ordinaria
- relevancia constitucional,
- III.4. El deber de la motivación de las resoluciones
- Fragmento 21
- APROBAR