SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2795/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
III.4.2.
III.4.2. En el caso en examen, la accionante denuncia a través de este amparo constitucional que, de manera directa y sin mayores argumentos la empresa a la que representa fue notificada con la RA JDT-SC-VU-CONV.SAL. 022/2008 de 5 de mayo, que la sancionó con el pago de una multa por Bs10 000.-, ante el supuesto incumplimiento, no comprobado, al registro de incrementos salariales, sin haberse cumplido ni establecido el procedimiento sancionatorio previo, señalado y determinado por la Ley de Procedimiento Administrativo, inobservancia que no fue corregida cuando se presentaron los recursos de revocatoria y jerárquico, no obstante haber alegado en ambas instancias una lesión de la garantía al debido proceso, del derecho a la defensa y del principio de legalidad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- concediendo
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- accionante
- concederá
- las denuncias
- III.4.1.
- III.4.2.
- Juez del Trabajo y Seguridad Social, autoridad que resulta ser la competente, una denuncia de infracción a las leyes sociales
- concedido