SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2795/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 08/2009 de 12 de febrero, cursante de fs. 187 a 190 vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por María Teresa Gonzáles Sulzer en representación de Farmacias Corporativas S.A. (FARMACORP S.A.) contra Calixto Chipana Callizaya, Ministro de Trabajo; Rina Bruce Rodríguez y Aníbal Melgar Solares, Jefa y Asesor Legal, respectivamente, de la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, alegando la vulneración de los derechos de su representada “a la seguridad jurídica”, al debido proceso, a la defensa y al principio de legalidad, citando al efecto los arts. 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg); y 4 inc. c) y 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- concediendo
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- accionante
- concederá
- las denuncias
- III.4.1.
- III.4.2.
- Juez del Trabajo y Seguridad Social, autoridad que resulta ser la competente, una denuncia de infracción a las leyes sociales
- concedido