SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2812/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2812/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

I.2.2. Informe de las personas recurridas

El abogado de los recurridos manifestó que los antecedentes de propiedad del terreno objeto de litigio, datan de un anterior amparo constitucional en el cual se declaró “procedente” la tutela solicitada para sus clientes, y que también existía una orden de prohibición de venta del inmueble, emanado por la Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando. Asimismo, manifestó que no podían existir dos recursos de amparo constitucional sobre los derechos de propiedad del mismo lote de terreno y que los ahora recurrentes tenían la vía ordinaria expedita para acudir a reclamar sus derechos supuestamente vulnerados.