Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2812/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.1.
II.1. De fs. 1 a 3, cursa el testimonio de propiedad de los recurrentes, de 28 de noviembre de 2008; de fs. 4 a 5, cursan los recibos de impuestos cumplidos por los recurrentes sobre el inmueble, de fs. 6 a 7, cursa el plano de propiedad, expedido por el Gobierno Municipal; a fs. 12, se encuentra el Folio Real de DD.RR., figurando como propietarios los recurrentes; de fs. 13 a 19, cursa el certificado catastral de registro de la propiedad privada inmueble y fotografías escaneadas del mismo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las personas recurridas
- improcedente
- 1)
- 4)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- III.4. El principio de subsidiariedad y sus excepciones
- salvo que la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales ocasione perjuicio irremediable e irreparable”
- se excluyen de la excepción al principio de subsidiaridad, que se da cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable, en cuya situación y de manera excepcional, procede la tutela demandada, aún existan otros medios de defensa y recursos pendientes de resolución
- 1) el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado
- APROBAR