SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2820/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II. En caso de que el Estado sea condenado a la reparación patrimonial de daños y perjuicios, deberá interponer la acción de repetición contra la autoridad o servidor público responsable de la acción u omisión que provocó el daño
En tal sentido, cualquier funcionario público puede ser responsable del daño que cause al Estado, pudiéndose repetir la acción contra éste. No siendo un argumento válido el esbozado por el Tribunal de garantías para denegar la acción, al menos en este aspecto, peor aún si a sabiendas de una impugnación ante hechos irregulares, pueden emerger daños económicos al Estado de proseguir de forma irresponsable, sin considerar las consecuencias que podrían acarrear dichas conductas.
Debe aclararse al respecto, que ello no implica que de manera ligera se deba paralizar cualquier proceso ante denuncias o impugnaciones de hechos controversiales emergentes de las licitaciones públicas, pues ello podría hacer inviable el avance de cualquier obra o licitación requerida por el Estado.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- "accionante"
- "denegar"
- III.3.
- En ese sentido, como primera conclusión, se debe afirmar que la contratación de bienes y servicios por parte del Estado es un procedimiento administrativo
- III.4. P
- III.5. De la
- III.6. Del principio de gratuidad dentro del p
- "
- II. En caso de que el Estado sea condenado a la reparación patrimonial de daños y perjuicios, deberá interponer la acción de repetición contra la autoridad o servidor público responsable de la acción u omisión que provocó el daño
- "DECLARATORIA DE SITUACION DE DESASTRE Y/O EMERGENCIA.
- APROBAR