SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2820/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2820/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente, ahora accionante, por la empresa que representa, arguye que, se presentó a la licitación pública para la construcción del puente Coroico y accesorios, habiendo participado tres empresas, por lo que, la comisión de calificación al no reunir todos los requisitos las empresas postulantes, emitió recomendación para dejar desierta dicha convocatoria. Sin embargo de ello, días después, el RPC de manera extraña, adjudicó de forma directa a una de las empresas postulantes, cuya oferta superaba en más de Bs3 000.000.-, y también cuyo tiempo de ejecución de la obra era mucho mayor a la propuesta de la empresa representada por la accionante; arguyendo el RPC, motivos de fuerza mayor, por lo que interpusieron impugnación a dicha adjudicación, negándoles la misma, por lo que la empresa accionante tuvo que instaurar recurso de amparo constitucional, el mismo que fue concedido y una vez ordenado que sea elevada la impugnación ante la MAE, ésta ratificó la Resolución impugnada, instruyendo también la ejecución de la boleta de garantía que depositó la empresa representada por la mandante de la accionante a fin de que se efectué la impugnación; hechos que vulneran los derechos de la empresa. Corresponde analizar en revisión, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.