Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2840/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.2.
II.2. Mediante notas de 25 de mayo de 2005, dirigida a la Gerencia General de la CBN S.A., de 6 de junio de 2005, dirigida al Departamento de Títulos y Acciones y de 22 de igual mes y año, a las mismas autoridades, el recurrente pidió la devolución de los títulos accionarios (fs. 19, 20 y 21 a 22). No consta respuesta a esas solicitudes.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- , concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La naturaleza jurídica del amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la legitimación pasiva
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR