Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2840/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.7.
II.7. El 4 de abril de 2007, la Fiscal de Materia recurrida, dispuso la devolución de los títulos accionarios al apoderado de la CBN S.A., ya que dichos documentos constituyeron elementos de convicción conforme lo prevé el art. 217 del CPP (fs. 298), devolución que consta mediante acta de fs. 416 a 418.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- , concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La naturaleza jurídica del amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la legitimación pasiva
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR