SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2840/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.3.
II.3. A raíz de la denuncia que efectuó la CBN S.A., contra autor o autores de los delitos tipificados en los arts. 186, 187 inc. 3), 188, 189, 198 y 199 del Código Penal (CP), una vez corridos los trámites de rigor, entre ellos la presentación de los títulos 900055, 900056, 900058 y 900059 para adjuntarlos al cuaderno de investigación por parte de la CBN S.A. (fs. 144), el Fiscal de Materia encargado de llevar adelante la investigación, mediante Resolución 30007/2006 de 3 de mayo, luego de realizar consideraciones de hecho y de derecho, resolvió rechazar la denuncia por no existir suficientes elementos para fundar la imputación y no haber podido individualizar a los posibles autores disponiéndose el archivo de obrados (fs. 149 a 152).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- , concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La naturaleza jurídica del amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- III.4. Sobre la legitimación pasiva
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR