Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2841/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 04 de 26 de enero de 2009, cursante a fs. 78 y vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Vladimir Nicolás Sinovcic Gonzáles contra Jorge Hurtado alegando la vulneración de sus derechos a la propiedad y al trabajo, citando al efecto los arts. “6.II”, 7 incs. d), “h)” e i), 21 y 22.I de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4.
- Fragmento 19
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- denegado
- APROBAR