Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0018/2010-R
Fecha: 13-Abr-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que reconfiere los arts. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010 Ley de Necesidad de de Transición de Nuevos Entes del Órgano Judicial y el Ministerio Publico y arts. 7.8ª y 93 de la LTC, en revisión resuelve REVOCAR la Resolución 251/2007 de 23 de junio, cursante de fs. 326 a 330, pronunciada por la Jueza Segunda de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado, vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR