Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0050/2010-R
Fecha: 27-Abr-2010
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El recurrente alega la vulneración del derecho a la libertad física, consagrado en el Art. 6.II de la CPEabrog., así como de la DUDH en su art. 9, PIDCP arts. 9, 10, 11 y 12, art.7 Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), señala también como vulnerados los derechos de libre locomoción, establecido en el art. 7 inc. g) de la CPEabrog., defensa y debido proceso consagrados en el art. 16.II y IV de la misma Constitución.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- procedente,
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- indebidamente procesada
- es debido al incumplimiento a la conminatoria con el pago
- III.3. En cuanto a los aspectos demandados
- 1.- REVOCAR