Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0051/2010-R
Fecha: 27-Abr-2010
II.4.
II.4. En el memorial de 8 de agosto de 2007, el denunciante solicitó a la Fiscal de Materia de El Alto la reapertura del caso. En el otrosí 1° ofreció “nuevos elementos de prueba”, entre los cuales prueba testifical presentada en sobre lacrado, para que los testigos ofrecidos “no sean interferidos ni influidos negativamente por los denunciados”. También se indicó como domicilio de los imputados la calle Segundo Crucero 750 (fs. 121 a 127 vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Autoridad demandada y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- i)
- el Tribunal Constitucional debe hacer prevalecer la primacía de la Constitución Política del Estado vigente
- indebidamente procesada
- III.3. El caso de autos
- APROBAR