SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0075/2010-R
Fecha: 03-May-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El incidente, fue denunciado por el Sr. Wilson Brun Alencar, por los supuestos delitos de robo y tentativa de parricidio, calificación irreal que sustenta el Fiscal en la imputación arbitraria e ilegal que vulnera los principios de certeza en el tipo penal, especificidad, “seguridad jurídica” y debido proceso que atenta el derecho a la libertad, y que conforme a la petición del Fiscal, la Jueza cautelar dispone la detención preventiva mediante resolución de 8 de agosto de 2007, que fue impugnada ante la Sala Penal Primera con la finalidad de que esta instancia pueda corregir las violaciones denunciadas y disponer la aplicación de medidas sustitutivas; sin embargo, lejos de subsanar y aplicar los principios de in dubio pro reo y de favorabilidad, confirmaron la Resolución cautelar, pues conforme se evidencia del recurso impugnado, se denuncia la calificación arbitraria e ilegal que ha realizado el Ministerio Publico por no existir coincidencia entre los hechos y la norma de tentativa de parricidio; as como la actitud de la Jueza cautelar al no haber cumplido con el control de la investigación, rechazando a su vez la cesación a la detención preventiva sin valorar la prueba ni fundamentar la resolución; aclarando que solo se reclama la incorrecta calificación del delito en la imputación y acusando la vulneración de su derecho a la libertad y las garantías al debido proceso y “seguridad jurídica”.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- II.6. E
- .
- III.1.
- III.2. Armonización de terminología utilizada
- III.3. En cuanto al recurso de habeas corpus
- III.4. Sobre la imputación formal y la actuación fiscal. Limites de la jurisdiccional constitucional
- (…) la calificación provisional del delito constituye una atribución privativa del Fiscal de Materia Adjunto, puesto que será él quien en definitiva deberá comprobar en la etapa preparatoria la comisión del delito, no constituyendo el recurso de hábeas corpus una instancia en la que pueda considerarse y modificarse aspectos referidos a la calificación provisional del delito (...)”.
- III.5. Análisis del caso
- APROBAR