SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0075/2010-R
Fecha: 03-May-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente por intermedio de su abogado, ratificó los fundamentos del recurso y amplió el mismo, dando a conocer que la apelación se realizó por el delito de lesiones no por tentativa de parricidio; que el imputado quiso suicidarse y que los padres trataron de impedir esto, sufriendo así daños, no correspondiendo que el Ministerio Publico distorsione el tipo penal al de tentativa de parricidio, accionar que hace viable la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva por no concurrir los presupuestos establecidos en el art. 233 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), lo que hace procedente el recurso de habeas corpus; en uso de la replica manifestó que no existen actos idóneos por los cuales el imputado haya querido realizar el delito de tentativa de parricidio.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- II.6. E
- .
- III.1.
- III.2. Armonización de terminología utilizada
- III.3. En cuanto al recurso de habeas corpus
- III.4. Sobre la imputación formal y la actuación fiscal. Limites de la jurisdiccional constitucional
- (…) la calificación provisional del delito constituye una atribución privativa del Fiscal de Materia Adjunto, puesto que será él quien en definitiva deberá comprobar en la etapa preparatoria la comisión del delito, no constituyendo el recurso de hábeas corpus una instancia en la que pueda considerarse y modificarse aspectos referidos a la calificación provisional del delito (...)”.
- III.5. Análisis del caso
- APROBAR