SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2010-R

Fecha: 03-May-2010

II.1.

II.1.  De acuerdo a lo señalado por el recurrente y lo manifestado en audiencia por la autoridad recurrida, pues no cursa prueba documental alguna en el cuaderno procesal, se establece que,el 14 de septiembre de 2007, el denunciante solicitó la cesación de su detención preventiva, señalándose audiencia para el 24 del mismo mes y año, la que se suspendió porque el imputado llegó con retraso, señalándose otra audiencia para el 24 de septiembre de 2007, que se volvió a suspender porque la Fiscal tenía otra audiencia a la misma hora, señalándose nuevamente para el 16 de octubre de 2007 (once días después).