SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0078/2010-R

Fecha: 03-May-2010

improcedente

La Resolución 37/07 de 15 de octubre de 2007, cursante a fs. 10 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente el “recurso”, con el fundamento de que la autoridad demandada ha señalado audiencia dentro de los términos prudentes, tomando en cuenta la enorme carga procesal existente en el Distrito Judicial.

Por lo precedentemente señalado, el caso se encuentra dentro de las previsiones y alcances del hábeas corpus, por lo que el Tribunal de garantías constitucionales al haberlo declarado “improcedente” en el entonces “recurso”, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni ha aplicado debidamente los alcances de esta acción tutelar.