SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2010-R

Fecha: 04-May-2010

3)

3) Al haberse citado al recurrente con la RA 063/2004, mediante publicación, sin que haya merecido observación o recurso alguno por más de once meses y quince días, operó la caducidad por transcurso del tiempo; por consiguiente, no es posible iniciar el recurso de amparo constitucional, porque se presume su consentimiento y rompe el principio de inmediatez que rige a las acciones tutelares.

Solitaron que se disponga la vigencia y eficacia jurídica plena de la RA 063/2004 y por tanto, la nulidad de la Resolución Técnico Administrativa 516/2004; la ilegalidad de la minuta de cesión protocolizada ante Notaría de Gobierno, mediante Testimonio 1639/04 de 29 de diciembre de 2004; y su consiguiente cancelación del Registro de DD.RR.