Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2010-R
Fecha: 04-May-2010
II.2.
II.2. Por Auto de 4 de julio de 2005, el recurrente, José Ángel Villarroel Terrazas, fue declarado heredero forzoso y legítimo de sus padres fallecidos, Juan Villarroel Céspedes y Modesta Terrazas Nogales (fs. 11 a 14), inscribiendo su derecho en el Registro de DD.RR., bajo el asiento “A-1” de la matrícula 3.10.1.01.0003946 (fs. 10 y 15).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de amparo constitucional
- 1)
- 3)
- procedente en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- III.2.
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Subsidiariedad e inmediatez en el recurso de amparo constitucional
- III.4. Principio de seguridad jurídica en la Constitución Política del Estado
- III.5. Principios de buena fe, legalidad y presunción de legitimidad en la Administración
- III.6. El acto administrativo, sus efectos y la nulidad
- III.7. Análisis del caso
- APROBAR