SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2010-R

Fecha: 10-May-2010

1)

Una vez realizada esta aclaración, corresponde ahora analizar la competencia del Juez Sumariante que sustanció y resolvió el proceso administrativo interno seguido contra Eduardo Camacho Rendón, en ese orden de ideas y de acuerdo al plexo normativo aplicable al caso concreto, se tiene que el art. 12.I. a) del DS 23318-A, modificado por el art. 1 del DS 26237,  atribuye competencia a las autoridades sumariantes siguiendo dos criterios concretos y excluyentes a saber: 1) La autoridad sumariante competente, es la determinada por el ordenamiento administrativo interno. 2) En caso de no existir una autoridad sumariante expresamente establecida por la normativa interna, la Máxima Autoridad Ejecutiva en la primera semana del año designará una autoridad sumariante competente para conocer y resolver todos los procesos administrativos emergentes del ejercicio de la función pública que pudieren existir en la entidad durante cada gestión.