SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2010-R

Fecha: 10-May-2010

El Jefe Nacional de la Unidad de Asuntos Jurídicos tiene la atribución de instaurar y sustanciar procesos internos

Ahora bien, en la especie, como se dijo, dentro del bloque de legalidad aplicable al SENASAG y por tanto al PRONEFA, se encuentra el DS 25729, referente al Reglamento del SENASAG, cuyo art. 19.I inc. e) establece textualmente lo siguiente: “El Jefe Nacional de la Unidad de Asuntos Jurídicos tiene la atribución de instaurar y sustanciar procesos internos”. (Resaltado nuestro).