SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0128/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0128/2010-R

Fecha: 10-May-2010

remitió un proyecto de ordenanza para declaratoria de necesidad y utilidad pública de los terrenos de la urbanización “Pucarani” en una extensión de 5591,45 m2, sobre el derecho propietario del demandante y de su representada

Este Tribunal en la SC 0070/2010-R de 3 de mayo, señaló que: “…la expropiación de una propiedad privada está sometida a un procedimiento administrativo que se inicia con la declaración de necesidad y utilidad pública y culmina con el establecimiento del justiprecio y el pago de la indemnización al propietario; es decir, que existen obligaciones reciprocas que deben cumplirse para que se efectivice la expropiación”, y en el caso concreto, en fecha posterior a la interposición de la presente acción tutelar, mediante RTA 056/06 de 9 de junio de 2006, el Alcalde Municipal demandado resolvió que conforme al art. 22 de la LM, se pida al Concejo Municipal la reconsideración de la Resolución Concejal 093/93, por estar fuera del marco del art. 83 de la Ley Orgánica de Municipalidades, entonces vigente; asimismo, remitió un proyecto de ordenanza para declaratoria de necesidad y utilidad pública de los terrenos de la urbanización “Pucarani” en una extensión de 5591,45 m2, sobre el derecho propietario del demandante y de su representada y se dispuso que hagan valer sus títulos en la vía que consideren apropiada (fs. 165 a 167). En consecuencia, los accionantes tienen expeditos los medios y recursos para hacer valer sus derechos en un proceso administrativo donde deberán actuar con la debida diligencia y en su defecto acudir a la vía constitucional claro está, cumpliendo los requisitos y exigencias que el orden constitucional, procesal y jurisprudencial exige.