SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0139/2010-R
Fecha: 17-May-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, señala que se encuentra indebidamente detenida porque se vulneraron sus derechos a la libertad, a la seguridad jurídica y a la petición, por cuanto la autoridad recurrida emitió un mandamiento de apremio, aún cuando se le hizo conocer la Certificación de FUNDEMPRESA CITE FUND 02-ISS-03-6 de 7 de noviembre de 2006, que indica que la accionante se encuentra en quiebra e imposibilitada de realizar actos de disposición; mientras que los funcionarios recurridos, ejecutaron el mandamiento de apremio sin respetar su condición de mujer, su avanzada edad y sobre todo su delicado estado de salud, además de haber sido maltratada físicamente, sumándose que, el recurrido Wilfredo Felipe Alarcón Flores no podía intervenir en la mencionada diligencia por circular 06/2004 PCSJ, vulnerándose el art. 9.I de la CPE, al no cumplirse con las formalidades establecidas por ley. En consecuencia, corresponde dilucidar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la representada del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionarios recurridos y petitorio
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3.Doctrina constitucional sobre procesamiento ilegal y hábeas corpus
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- improcedente
- APROBAR