SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0162/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0162/2010-R

Fecha: 17-May-2010

3.

3. Habiendo apelado esa injusta resolución, sin considerar que de acuerdo al art. 241 del CPP, la fianza debe ser impuesta de acuerdo a la situación patrimonial del imputado, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, revocó la resolución “202/2007”, pero solamente redujo la suma de la fianza de Bs300.000.- (trescientos mil bolivianos) a Bs250.000.- (doscientos cincuenta mil bolivianos), por lo que en su situación de extrema pobreza se vio impedido de cumplir con la fianza económica y no siendo esa la petición efectuada, pues lo que buscó fue que se le  beneficie con la imposición de fianza juratoria conforme al art. 242 del CPP.