Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0162/2010-R
Fecha: 17-May-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve APROBAR la resolución 121 de 31 de octubre de 2007, cursante de fs. 21 a 22 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad,
- 1.
- 2.
- 3.
- 5.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Garantías
- a)
- d)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3 Acreditación de las condiciones socio económicas por parte del imputado para beneficiarse con la fianza juratoria
- no ha aportado en la vía ordinaria prueba idónea de tal extremo en consideración a la cual, en el marco de la lógica y la sana critica, las autoridades recurridas deberían haberse pronunciado en otro sentido
- APROBAR