SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0162/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0162/2010-R

Fecha: 17-May-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, denuncia que conforme al art. 239 inc. 3) del CPP, fue beneficiado con medidas sustitutivas a la detención preventiva, pero se le fijó una fianza económica en un monto que por su situación económica le resulta de imposible cumplimiento, por lo que a la fecha de interponer el recurso se encontraba detenido preventivamente por veintinueve meses sin que exista sentencia condenatoria ejecutoriada por lo que se ha vulnerado su derecho a la libertad física previsto por los arts. 6. II de la CPEabrg., ahora 23.I de la Constitución Política del Estado (CPE).  En consecuencia, solicita la tutela del derecho que denuncia como lesionado, correspondiendo analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.