SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0175/2010-R
Fecha: 24-May-2010
1)
El Fiscal demandado Joadel Bravo Bezerra, en el informe escrito que cursa a fs. 10 y vta., así como verbal prestado en la audiencia pública, manifiesto lo siguiente: 1) La autoridad policial demandada procedió a enmanillar al accionante debido a que flagrantemente incurrió en las figura típicas, antijurídicas y punibles de resistencia a la autoridad, desobediencia a la autoridad y estorbar o impedir el ejercicio de funciones, previstas en los arts. 159, 160 y 161 del Código Penal (CP), con la agravante de señalar que es abogado y docente de la Facultad de Derecho, quién obviamente tiene la obligación de conocer la normativa prohibitiva y respetar la señalización de prohibido estacionar, más aún cuando se trata de una institución como el Ministerio Público; 2) El accionante estacionó su vehículo en un lugar de parqueo autorizado por el Gobierno Municipal para la Fiscalía de Sustancias Controladas dependiente del Ministerio Público; 3) Hizo caso omiso al policía cuando le pidió abandonar el lugar; 4) La Fiscalía ha sufrido un sin número de delitos, entre ellos el robo de CPU, ante esa situación solicitaron la presencia de un miembro de la policía; 5) El Oficial de policía demandado presentó su informe ante sus superiores; 6) Seguramente el accionante al solicitar que su autoridad salga en la prensa, busca que se le ayude en su candidatura de la Universidad; y, 7) Cuando le llevaban arrestado ante una comisaría, le pidió al policía que lo desenmanille, señalándole al accionante que no vayan más allá, que queden ahí e incluso se dieron la mano.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- Joadel Bravo Bezerra, Fiscal de Materia Sustancias Controladas y Francisco Arias Huanca, Guardia de Seguridad Estatal de la Fiscalía de Sustancias Controladas dependiente del Comando Departamental de la Policía
- a)
- 1)
- :
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. De la acción de libertad
- III.4. De la subsidiariedad de la acción de libertad
- únicamente es aplicable cuando existe al menos una denuncia o investigación penal abierta contra esa persona
- III.5. Del ordenamiento legal
- i)
- grave a la autoridad de Tránsito por parte de los conductores,
- III.6. Del caso de análisis
- III.7. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- POR TANTO
- 3º