SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0175/2010-R
Fecha: 24-May-2010
II.1.
II.1. El Policía Francisco Arias Huanca, el 13 de noviembre de 2007, eleva informe al Comandante del Batallón de Seguridad Fiscal Estatal, por el que le comunica sobre el arresto realizado en la persona del recurrente, el 9 de noviembre de 2007, cuando cumplía sus funciones de servicio de seguridad de las instalaciones del Edificio Ortega, lugar donde se encuentran las oficinas de la Fiscalía de la FELCN, arresto realizado debido a que un vehículo había sido estacionado en la zona reservada para movilidades de esa institución, que se lo realizó con la colaboración del Fiscal Joadel Bravo Becerra y otros funcionarios del Ministerio Público, colocándole las manillas por motivos de seguridad y dada la conducta agresiva de la persona. (fs. 16)
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- Joadel Bravo Bezerra, Fiscal de Materia Sustancias Controladas y Francisco Arias Huanca, Guardia de Seguridad Estatal de la Fiscalía de Sustancias Controladas dependiente del Comando Departamental de la Policía
- a)
- 1)
- :
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. De la acción de libertad
- III.4. De la subsidiariedad de la acción de libertad
- únicamente es aplicable cuando existe al menos una denuncia o investigación penal abierta contra esa persona
- III.5. Del ordenamiento legal
- i)
- grave a la autoridad de Tránsito por parte de los conductores,
- III.6. Del caso de análisis
- III.7. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- POR TANTO
- 3º