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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0196/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0196/2010-R

    Fecha: 24-May-2010

    II.2.

    II.2. Mediante proveído de 22 de julio de 1997, se declaró la rebeldía del demandado, abriéndose término probatorio (fs. 5 vta.). El 1 de julio de 2003, el demandado solicitó cesación de la asistencia familiar, incidente admitido y corrido en traslado a la recurrente (fs. 11 a 13). El 4 de octubre de 2004, el obligado reiteró su demanda de cesación de asistencia familiar (fs. 16 a 17).

    • recurso
    • pero como este último no cubrió los recaudos de ley, quedó desistido su recurso y vigente el de sus hijos
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante'
    • III.2.
    • III.3.
    • es también evidente que por mandato del art. 15 de la LOJ, los jueces y tribunales de apelación tienen el deber de revisar de oficio los procesos sometidos a su conocimiento
    • III.4.
    • denegado
    • APROBAR

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