Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0200/2010-R
Fecha: 24-May-2010
II.1.
II.1. Dentro de la denuncia y posterior sumario penal por la presunta comisión del delito de peculado presentada por el Fondo Complementario Municipal contra Alcindo Cavero, el ahora representado por la recurrente, Jorge Eduardo Vásquez Rojas y otros, éste prestó su declaración informativa policial el 13 de mayo de 1999, en la que estuvo asistido por su abogada particular y señaló domicilio en la calle Gral. Achá 656, a cuya conclusión el representante del Ministerio Público dispuso su libertad, previa suscripción de acta de presentación con garantía de dos garantes solventes (fs. 27 a 28 vta.).
- recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso, ahora acción de libertad
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1..Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Hábeas corpus, ahora acción de libertad y debido proceso
- Debido proceso
- El procesamiento indebido,
- persecución indebida
- DD
- APROBAR