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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2010-R

    Fecha: 31-May-2010

    II.3.

    II.3.  En el memorial de respuesta a la demanda, de 2 de abril de 2004, los demandados extrañaron en el otrosí 1º que el Juez no tomó en cuenta el alcance del art. 173 del CPC, puesto que el acta de 8 de marzo de 2004 no señala de manera expresa con qué bienes se garantizan los posibles daños y perjuicios que la demandante les ocasionaría, por lo que piden se modifique el acta de contracautela (fs. 21 a 27 vta.).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • a)
    • i)
    • concedió
    • I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • III.3.1.Sobre
    • III.3.2. Sobre
    • III.3.3. Sobre la contracautela en el caso concreto
    • APROBAR

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