SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0254/2010-R
Fecha: 31-May-2010
III.2. El derecho a la salud y a la seguridad social en el contexto de la Constitución Política del Estado vigente
Sobre la seguridad social, el art. 45.I de la Constitución Política del Estado (CPE), señala que: "Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social". Asimismo, el parágrafo II del mismo precepto legal refiere que: "La seguridad social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su dirección y administración corresponde al Estado, con control y participación social".
El art. 45.III de la CPE, señala que "El régimen de seguridad social cubre atención por enfermedad, epidemias y enfermedades catastróficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales; desempleo y pérdida de empleo; orfandad, invalidez, viudez, vejez y muerte; vivienda, asignaciones familiares y otras previsiones sociales".
- recurso de amparo constitucional, hoy acción
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- 'accionante'
- Fragmento 13
- III.2. El derecho a la salud y a la seguridad social en el contexto de la Constitución Política del Estado vigente
- Fragmento 15
- 2.
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso de autos
- III.5. Sobre la aplicación del principio de inmediatez
- concedido
- APROBAR