SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0254/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0254/2010-R

Fecha: 31-May-2010

III.4. Análisis del caso de autos

         Asimismo, se establece que por la conducta omisiva de la Entidad demandada, se afectó también al derecho a la salud de la accionante, derecho que asiste a todos los derechohabientes del sistema de seguridad social a largo plazo, quienes pueden recibir prestaciones del seguro social a corto plazo, consistentes en atención médica, quirúrgica, hospitalaria, medicamentos, etc., para lo cual las AFPs, conforme a sus obligaciones establecidas en los arts. 31 inc. l) y 66 de la LP, deben deducir y pagar al ente gestor de salud, un porcentaje de las pensiones de los afiliados y sus derechohabientes que las perciban, beneficios que la actora se ve imposibilitada de acceder por la indefinición de la entidad demanda, amen de que su cónyuge,  por las mismas razones, fuera privado de las éstas, pese a encontrarse gravemente enfermo, hasta finalmente fallecer.