SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0262/2010-R

Fecha: 31-May-2010

III.4. Normativa aplicable al caso

El art. 14.2 y 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), establece como funciones del Ministerio Público ejercer la acción penal pública en los términos establecidos en la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados Internacionales vigentes, el Código de Procedimiento Penal y las Leyes; y ejercer la dirección funcional de la actuación policial en la investigación de los delitos y velar por la legalidad de estas investigaciones.

A su vez el art. 167 del CPP referido a la actividad procesal defectuosa,  establece que: ”No podrán ser valorados para fundar una decisión judicial ni utilizados como presupuestos de ella, los actos cumplidos con inobservancia de las formas y condiciones previstas en la Constitución Política del Estado (CPE), Convenciones y Tratados Internacionales vigentes y en este Código, salvo que el defecto pueda ser subsanado o convalidado.