AUTO CONSTITUCIONAL 0103/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0103/2010-RCA

Fecha: 30-Jun-2010

I.4. Petitorio

Solicita se conceda la tutela disponiendo la nulidad de obrados hasta que la Jueza recurrida resuelva el incidente de nulidad que planteó y resuelto el mismo, se le notifique personalmente con la Sentencia, y en su caso por cédula en su domicilio procesal actual, en presencia de un testigo debidamente identificado y se le restituya el inmueble que ocupaba en calidad de inquilino bajo una garantía de $us4 000.- (cuatro mil dólares estadounidenses) del cual fue ilegalmente despojado; asimismo, solicita se condene a los recurridos al pago de todos los daños y perjuicios ocasionados, conforme dispone el art. 102.VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).