Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0270/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción ed amparo constitucional
En revisión la Resolución de 18 de octubre de 2006, cursante de fs. 35 a 36 vta., pronunciada por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción ed amparo constitucional, interpuesto por Esther Yepes Hurtado contra Milton Rocendi Hereny, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y a la propiedad privada, citando al efecto el art. 7 incs. "a)" e i) de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción ed amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- Fragmento 15
- III.3. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.4. Requisitos para otorgar la tutela ante la existencia de acciones o vías de hecho
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- APROBAR