SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0274/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0274/2010-R

Fecha: 07-Jun-2010

III.3.3.

III.3.3.       Otro aspecto que debe ser analizado, es que la Resolución Municipal 96/06 de 15 de agosto de 2006,, no solo suspende temporalmente al accionante, sino que no señala el tiempo de su suspensión, dejando la misma en forma indefinida; sin embargo, el art. 29 de la LACG, a letra señala: “La responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público. Se determinará por proceso interno de cada entidad que tomará en cuenta los resultados de la auditoría si la hubiere. La autoridad competente aplicará, según la gravedad de la falta, las sanciones de multa hasta un veinte por ciento de la remuneración mensual; suspensión hasta un máximo de treinta días; o destitución”. Pudiendo constatarse que con la Resolución Municipal 96/06 de 15 de agosto de 2006, se notificó al accionante el 17 de agosto del mismo año, llevándose a cabo el recurso de amparo constitucional el 8 de enero de 2007, por consiguiente, se verifica que el tiempo transcurrido de la suspensión impuesta, sobrepasa el término legal establecido. Referente al caso analizado, la SC 0405/2002-R de 9 de abril, señala que;“…conforme ha definido este Tribunal en su jurisprudencia establecida en la Declaración Constitucional Nº 06/2000 de 21 de diciembre de 2000, "la indeterminación quebranta todo concepto de justicia, porque someter a una persona a un evento basado en la contingencia y en la incertidumbre, significa que ese individuo carecería de un fundamento suficiente para gozar y exigir el respeto de sus derechos; en suma, la incertidumbre ante la actuación del Estado impide la seguridad debida a cada una de las personas”, en tal sentido, habiéndose aplicado una suspensión temporal en la que no se determinó el plazo o tiempo de la misma, peor aún pretendiendo bajo la omisión de fijar el plazo  de suspensión, realizar una suspensión indefinida, se vulneraron los derechos al debido proceso, al ejercicio de la función pública, por abarcar dicha suspensión temporal mas allá del plazo establecido en la Ley.