SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0274/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
“procedente”
Mediante Resolución 02/2007 de 8 de enero, cursante de fs. 329 a 331, el Juez de Partido y de Sentencia de San Ignacio de Velasco del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró “procedente” el recurso, concediendo la tutela solicitada, excluyendo de los efectos de la resolución, al Concejal suplente Julio César Toledo Suárez, por haber participado únicamente en calidad de denunciante en el proceso administrativo interno, disponiendo: 1) La nulidad de las Resoluciones 96/06, 111/06 y “96/ 06”; 2) La inmediata reincorporación del recurrente, al cargo de Concejal Municipal de San José de Chiquitos; y, 3) El pago de remuneraciones y derechos establecidos en el art. 56 de la LM, desde el 15 de agosto de 2006 a la fecha, como parte de los perjuicios ocasionados. Fundó su Resolución en los siguientes puntos: i) No se probó que el recurrente se encuentre incluido en un dictamen de responsabilidad administrativa, ejecutiva o penal, emitido por el Contralor General de la República, como exigen los arts. 174, 175, 176 y 177 de la LM; consiguientemente, el proceso sustanciado en su contra no es emergente de la Ley 1178 y no es aplicable el art. 34 de la LM; ii) No existe prueba alguna de que se hubiera iniciado acción legal por el Ministerio Público contra el recurrente, que determine la responsabilidad por la omisión descrita en el art. 178 de la LM, que amerite sanción de suspensión temporal o definitiva; y, iii) La sanción de suspensión temporal dispuesta en la Resolución Municipal 96/06, ratificada por las Resoluciones Municipales 111/06 y 122/06, constituye un acto ilegal efectuado por los Concejales recurridos, que restringe el derecho a la seguridad jurídica, al no establecer el tiempo por el cual se suspende el ejercicio de sus funciones.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- i)
- 1)
- “procedente”
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- b)
- acción de amparo constitucional”
- accionante
- conceder
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- POR TANTO