SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2010-R

Fecha: 07-Jun-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado y recurrente ratificó en audiencia el recurso en todas sus partes y amplió el fundamento de acuerdo a lo siguiente: Modificó el punto II.3 de su demanda, aclarando que debió decir Tribunal Segundo de Sentencia en lugar de Tribunal Primero de Sentencia. Asimismo, señaló que, el delito de violación es un crimen horrendo contra una chiquilla por un grupo de personas, efectuado hace más de un año y hasta ahora no hay juicio oral, por lo que interpone el recurso de amparo constitucional con el objeto de reparar "un error no malicioso para contrariar la ley expresa" (sic) y que genera un problema básico en lo que respecta al juez natural competente; es decir, aquel que le corresponde conocer el proceso porque el derecho dice que debe conocer. El argumento para declarar probada la recusación según el criterio de las Juezas recurridas, era el dar celeridad al proceso; sin embargo, este argumento no puede ser base o fundamento para una decisión ilegal. Sin tomar en cuenta el derecho de la víctima quien sufrió un crimen contra su intimidad y dignidad.