Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0305/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
a)
El recurrente a través de su abogado reiteró el contenido del memorial del recurso de hábeas corpus y agregó lo siguiente: a) El Juez recurrido para ordenar su detención preventiva, lo hizo sin valorar que su defendido se había presentado voluntariamente a la citación, tenía familia, trabajo y domicilio conocidos; y, b) Solicita se ordene su libertad y se le imponga una medida sustitutiva a la detención preventiva.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- procedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2..Armonización de términos procesales en la acción
- III.3.1. El derecho a la libertad
- con la mayor celeridad posible,
- III.3.2. Derecho al debido proceso
- III.4.1.
- celeridad,
- III.4.2.
- 29 de noviembre de 2007
- APROBAR