Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0305/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alega que la autoridad demandada vulneró sus derechos a la libertad y al debido proceso, por cuanto no dio cumplimiento al Auto de Vista pronunciado por el Tribunal de alzada, que le ordenaba el señalamiento de nueva audiencia de medidas cautelares en el plazo de veinticuatro horas de remitido el expediente al Juzgado de origen, lo que no ocurrió hasta el momento de la interposición del presente recurso.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- procedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2..Armonización de términos procesales en la acción
- III.3.1. El derecho a la libertad
- con la mayor celeridad posible,
- III.3.2. Derecho al debido proceso
- III.4.1.
- celeridad,
- III.4.2.
- 29 de noviembre de 2007
- APROBAR