SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0305/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
III.4.2.
III.4.2. De los antecedentes descritos en el memorial de la demanda, el informe de la autoridad demandada y lo expuesto en audiencia pública, se tiene que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Mario Roca Alba por los supuestos delitos de robo agravado y asociación delictuosa, el Juez demandado ordenó en audiencia de medidas cautelares su detención preventiva, resolución que apelada fue revocada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, bajo el fundamento de no haberse dado cumplimiento al art. 124 del CPP, ordenando que en el plazo de veinticuatro horas de remitido a ese despacho el expediente, se señale audiencia de medidas cautelares.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- procedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2..Armonización de términos procesales en la acción
- III.3.1. El derecho a la libertad
- con la mayor celeridad posible,
- III.3.2. Derecho al debido proceso
- III.4.1.
- celeridad,
- III.4.2.
- 29 de noviembre de 2007
- APROBAR