SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0306/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
II.6.
II.6. El 15 de diciembre de 2007, se interpuso el recurso de hábeas corpus que se analiza (fs. 12 a 14), admitiéndose el recurso y señalándose audiencia para el 17 del mismo mes y año, a hrs. 16:00 (fs. 15), habiéndose presentado un memorial el 18 de ese mes y año, en el que los demandados acompañaron un depósito judicial, de esa fecha, por la suma de $us2.533,32.-, por concepto de pago total de los beneficios sociales a favor de Liz Karen Valdivia Chávez, pidiendo se expida mandamiento de libertad a favor de Arturo Gonzalo Michel Gutiérrez y se deje sin efecto el mandamiento de apremio expedido contra Mauricio Wálter Michel Gutiérrez (fs. 64 a 66 vta.), correspondiéndole la providencia de 18 de diciembre de 2007, en sentido de que el certificado de depósito judicial acompañado se acumule a sus antecedentes, dejándose sin efecto la orden de apremio contra Mauricio Wálter Michel Gutiérrez (fs. 66 vta.), expidiéndose en la misma fecha mandamiento de libertad a favor de Arturo Gonzalo Michel Gutiérrez (fs. 67).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- Fragmento 2
- en el cual simplemente se les notificó con la demanda, presentando en su momento excepción de impersonería
- con las posteriores resoluciones y demás actuados producidos dentro del mencionado juicio laboral, nunca fueron notificados sus representados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- el restablecimiento de las formalidades legales
- el supuesto procesamiento ilegal o indebido tiene que estar
- pese a la conminatoria y legal notificación
- APROBAR