SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0306/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, expresa que el Juez recurrido, en adelante demandado, atentó contra los derechos de sus representados a la seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso, porque ante la demanda laboral presentada por Liz Karen Valdivia Chávez para el pago de beneficios sociales, esa autoridad judicial no cuidó que el proceso social se lleve a cabo, puesto que sus representados fueron notificados sólo con la demanda, y no así con los posteriores actuados procesales, sin darles oportunidad a que asuman defensa, al extremo de haberse expedido mandamiento de apremio, a cuya consecuencia uno de ellos se encuentra en la cárcel de Palmasola y el otro perseguido con ese mandamiento. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- Fragmento 2
- en el cual simplemente se les notificó con la demanda, presentando en su momento excepción de impersonería
- con las posteriores resoluciones y demás actuados producidos dentro del mencionado juicio laboral, nunca fueron notificados sus representados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- el restablecimiento de las formalidades legales
- el supuesto procesamiento ilegal o indebido tiene que estar
- pese a la conminatoria y legal notificación
- APROBAR