Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0315/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
No obstante que el expediente se recibió en este Tribunal el 14 de enero de 2008; por las renuncias de los Magistrados suscitadas en diciembre de 2007, se interrumpió la resolución de causas, para luego ante la reciente designación de autoridades de este Tribunal, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se resolvió el reinicio de los cómputos; en consecuencia, habiéndose procedido al sorteo de la causa el 18 de mayo de 2010, la presente Sentencia es pronunciada dentro de plazo.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- I.2.3. Informe de la Actuaria del Juzgado de Instrucción de Viacha
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. El carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, en el supuesto de actuaciones ilegales fiscales en etapa preparatoria
- I.
- II.
- Fragmento 18
- IV.
- III.4. El caso en análisis
- APROBAR